Un nuevo capítulo judicial se abrió alrededor de la polémica cancelación de la presentación del libro sobre el M-19 en la Biblioteca Pública Piloto de Medellín. El Juzgado 47 Penal Municipal con Función de Conocimiento concedió una acción de tutela y ordenó al Distrito de Medellín y a la Biblioteca Pública Piloto reconocer que la cancelación del evento generó una afectación a derechos fundamentales como la libertad de expresión, el acceso a la información y la participación política.
La decisión judicial favorece al ciudadano Santiago Alarcón Serna, quien promovió la tutela tras la suspensión del evento programado para el pasado 21 de abril de 2026 en las instalaciones de la Biblioteca Pública Piloto. En el fallo, la jueza concluyó que la cancelación desconoció principios constitucionales relacionados con el libre intercambio de ideas y la circulación del pensamiento en escenarios públicos.
Dentro de las órdenes impartidas, el despacho dispuso que el Distrito de Medellín y la Biblioteca Pública Piloto deberán realizar, en un plazo de 48 horas desde la notificación del fallo, un acto de reconocimiento público en el que se admita que la cancelación del evento vulneró derechos fundamentales. El pronunciamiento deberá hacerse en las instalaciones donde estaba prevista la actividad y con la presencia de los organizadores y demás actores involucrados.
Asimismo, el fallo ordena comunicar la decisión a las partes y remitir el expediente a la Corte Constitucional en caso de no ser impugnado, para su eventual revisión.
Desde la administración del alcalde Federico Gutiérrez se anunció que la decisión será apelada. La posición del Distrito es que la suspensión del evento obedeció al cumplimiento de la Ley de Garantías Electorales, al considerar que no era procedente realizar una actividad con contenido político en un espacio público durante el periodo electoral.
La administración municipal ha sostenido desde el inicio de la controversia que la decisión no buscó censurar el contenido del libro ni restringir la libertad de expresión, sino garantizar el cumplimiento de las normas que regulan la participación política durante los procesos electorales.
El caso ha generado un amplio debate jurídico y político sobre el alcance de la libertad de expresión en escenarios públicos administrados por el Estado y sobre los límites que impone la legislación electoral frente a actividades que puedan interpretarse como actos de naturaleza política.
Ahora será el Tribunal competente quien analice la impugnación que presentará el Distrito, mientras el fallo de tutela reabre la discusión sobre el equilibrio entre la protección de los derechos fundamentales y el deber de neutralidad de las instituciones públicas durante los periodos electorales.


