21 May, 2024
Nacional Noticias

Evítese molestias; inmovilización y 650.000$ por no usar prenda reflectiva después de las 6:00 p.m.

Evítese molestias; inmovilización y 650.000$ por no usar prenda reflectiva después de las 6:00 p.m.
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La intensificación de los controles para garantizar la seguridad vial a nivel nacional está siendo respaldada por la estricta aplicación de la Ley 769 de 2002. Los artículos 94 y 96 de esta ley establecen el uso obligatorio de la prenda reflectiva para los conductores, con el objetivo de prevenir accidentes en condiciones de poca visibilidad.

La Ley 2251 del 14 de julio de 2022 reforzó esta norma, otorgando a las autoridades más herramientas para hacer cumplir la obligatoriedad del chaleco reflectivo. Se ha establecido un horario de control desde las 6:00pm hasta las 6:00am del día siguiente para verificar el uso adecuado de esta prenda.

Para esta acción, las autoridades aplicarán la infracción C24, la cual establece que no utilizar la prenda reflectiva en horas nocturnas conlleva a una multa equivalente a 15 UVB (Unidades de Valor Básico), lo que equivale a aproximadamente $650.000. Este cambio se debe a un nuevo decreto que indica la utilización de la Unidad de Valor Básico en lugar del Salario Mínimo Diario Legal Vigente (SMDLV) en los cobros, sanciones, multas, tarifas, entre otros, definidos en el artículo 313 del Plan Nacional de Desarrollo.

Además, las autoridades tendrán la facultad de inmovilizar la motocicleta en caso de que el conductor no cumpla con esta normativa. Es importante recordar que esta sanción también aplica para los motociclistas que no utilicen el casco cuando se movilizan por las carreteras y calles del país, a cualquier hora del día o la noche, según lo establecido en el Artículo 131, Literal C-24 de la Ley 769 de 2002.