1 May, 2024
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Desconexión laboral ya es un derecho humano del trabajador

Desconexión laboral ya es un derecho humano del trabajador
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La Corte Constitucional de Colombia ha reconocido el derecho a la desconexión laboral como un derecho humano que debe ser garantizado a todos los trabajadores, incluyendo a los de dirección, confianza y manejo, que habían quedado excluidos de la ley que lo regulaba.

La Sala Plena del tribunal superior resolvió una demanda contra la Ley 2191 de 2022, que había sido aprobada por el Congreso de la República el año pasado, pero que no contemplaba a los trabajadores públicos de confianza y manejo. La Corte declaró la constitucionalidad de la ley, pero con algunas precisiones para asegurar el descanso efectivo de todos los empleados.

Según la Corte, el descanso es una condición justa del empleo y hace parte del desarrollo personal de cada ser humano. Por eso, la desconexión laboral implica un espacio autónomo y libre, en el que las personas deciden qué hacer o no con el tiempo de su vida fuera de la actividad laboral.

La Corte también indicó que la desconexión laboral debe adaptarse a las características y necesidades de cada trabajo, sin afectar el contenido mínimo del derecho fundamental al descanso. Así, se deben tener en cuenta criterios como la proporcionalidad, la razonabilidad y la buena fe.

La magistrada Diana Fajardo fue la ponente de la sentencia y explicó que «si bien los trabajadores de dirección, confianza y manejo no se encuentran sometidos a la jornada laboral ordinaria o máxima legal, esto no los excluye de la regulación sobre desconexión”. Además, afirmó que «el descanso no es solo reposo, sino un espacio autónomo, libre, en el que las personas deciden qué hacer o no, con el tiempo de su vida fuera de la actividad laboral”.