29 June, 2026
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Tribunal Superior de Medellín ordena: en menos de tres meses deberá realizarse la consulta sobre el Área Metropolitana del Valle de San Nicolás

Tribunal Superior de Medellín ordena: en menos de tres meses deberá realizarse la consulta sobre el Área Metropolitana del Valle de San Nicolás
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El Tribunal Superior de Medellín ratificó en fallo de segunda instancia el derecho fundamental a la participación ciudadana de los habitantes del Oriente Antioqueño para decidir, mediante consulta popular, la conformación del Área Metropolitana del Valle de San Nicolás.

La decisión judicial confirmó el amparo concedido en primera instancia y dejó en firme la obligación del Estado colombiano de garantizar las condiciones administrativas, presupuestales y logísticas necesarias para la realización de la consulta, luego de que el fallo inicial fuera impugnado por el Ministerio de Hacienda.

Fallo ordena coordinación entre MinHacienda y Registraduría

A través de la Sentencia No. 337, la Sala Primera de Decisión de Familia del Tribunal Superior de Medellín concluyó que la falta de coordinación y la inacción administrativa entre el Ministerio de Hacienda y la Registraduría Nacional del Estado Civil pusieron en riesgo real el ejercicio democrático de los ciudadanos convocados.

El Tribunal fue enfático en señalar que los mecanismos de participación ciudadana no pueden quedar vacíos de contenido por trámites burocráticos o dilaciones injustificadas, advirtiendo que la democracia no puede suspenderse por razones administrativas.

Plazo máximo de tres meses para realizar la consulta

El fallo ajustó la orden impartida en primera instancia y dispuso que el Ministerio de Hacienda y la Registraduría deben actuar de manera armónica y coordinada, adelantando todos los trámites administrativos y presupuestales necesarios para garantizar los recursos que permitan la realización de la consulta popular.

Para ello, el Tribunal fijó un plazo máximo de tres meses, dejando claro que el incumplimiento de esta orden podría acarrear sanciones legales para las entidades responsables.

Registraduría seguirá vinculada al proceso

A diferencia del fallo inicial, el Tribunal determinó que la Registraduría Nacional no debía ser desvinculada del proceso, al considerar que la garantía efectiva del derecho a la participación ciudadana exige una actuación conjunta, responsable y coordinada de todas las entidades involucradas.

El pronunciamiento establece que el juez constitucional no puede sustituir al Ejecutivo en la dirección del presupuesto público, pero sí tiene el deber de proteger los derechos fundamentales cuando estos están en riesgo.

Mensaje contundente en defensa de la democracia

Con esta decisión, el Tribunal Superior de Medellín envía un mensaje claro y contundente: La participación ciudadana no es un favor ni una concesión administrativa, es un derecho constitucional.

“La democracia no puede quedarse esperando en un escritorio cuando el pueblo es convocado a las urnas”, subraya el fallo, destacando que el Estado Social de Derecho debe garantizar los medios para que la ciudadanía decida libremente.

El director del Departamento Administrativo de Planeación de Antioquia, Eugenio Prieto Soto, celebró la decisión judicial y afirmó:

“La democracia, como esencia del Estado Social de Derecho y de los principios fundamentales de la Constitución, se respeta, se cuida y se mantiene abierta. Este fallo reafirma el camino democrático de los territorios y del país.”

Municipios convocados a la consulta popular

La consulta popular permitirá que los ciudadanos de los municipios de:

  • Rionegro
  • El Carmen de Viboral
  • La Ceja
  • El Retiro
  • La Unión
  • Guarne
  • El Santuario
  • San Vicente Ferrer

decidan en las urnas si se integran o no al Área Metropolitana del Valle de San Nicolás, un proyecto que busca fortalecer la planificación regional, la movilidad, la seguridad, el desarrollo económico y la gestión ambiental.