Hoy martes, 16 de julio dee 2024, en un evento en la Plaza de Bolívar, el presidente Gustavo Petro Urrego sancionará la nueva Ley de Reforma Pensional, un hito legislativo que promete transformar el futuro de los adultos mayores en Colombia. Esta ley, que garantiza una pensión inclusiva y digna, busca implementar el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, beneficiando tanto a residentes nacionales como a colombianos en el exterior.
Un sistema con cuatro pilares
La reforma, que entrará en vigor el 1 de julio de 2025, está compuesta por cuatro pilares esenciales:
1. Pilar solidario
Este pilar cubre a hombres mayores de 65 años y mujeres mayores de 60, además de personas con discapacidad mayores de 55 años (hombres) y 50 años (mujeres) en condición de pobreza extrema, pobreza o vulnerabilidad (hasta nivel C3 del Sisbén). Se otorgará una renta de $223,800, correspondiente al umbral de pobreza extrema proyectado para 2024.
2. Pilar semicontributivo
Dirigido a quienes no lograron pensionarse pero tienen semanas cotizadas en Colpensiones o ahorros en una AFP. Los hombres mayores de 65 años y mujeres mayores de 60 que hayan cotizado entre 300 y 999 semanas recibirán una renta vitalicia, basada en sus ahorros más un 3% anual y un subsidio adicional del 20% para hombres y 30% para mujeres del saldo restante.
3. Pilar contributivo
Este pilar incluye a todos los afiliados al sistema, quienes podrán acceder a pensiones integrales de vejez, invalidez o sobrevivencia. Colpensiones gestionará los aportes hasta 2.3 SMLMV, mientras que las AFP administrarán el excedente. La pensión deberá ser reconocida en un máximo de cuatro meses tras la solicitud.
4. Pilar de ahorro individual voluntario
Diseñado para quienes tienen capacidad de ahorro adicional para mejorar su pensión, manteniendo la administración de los fondos en las AFP, que se trasladarán a Colpensiones solo al momento del reconocimiento pensional.
Montos y contribuciones
El Pilar Contributivo exige una tasa de cotización del 16% del ingreso base, con los empleadores cubriendo el 75% y los trabajadores el 25%. Aquellos con ingresos iguales o superiores a cuatro SMLMV tendrán un aporte adicional del 1.5% al Fondo de Solidaridad Pensional. Quienes ganen más de siete SMLMV contribuirán con un 1.8% adicional, escalando hasta el 3% para ingresos superiores a 20 SMLMV.
Auxilio funerario y otros beneficios
El auxilio funerario, gestionado por Colpensiones, será equivalente al último salario base de cotización o mesada pensional recibida, con un mínimo de cinco y un máximo de diez SMLMV. Las pensiones de invalidez y sobrevivientes permanecerán sin cambios, reconocidas por Colpensiones.
Nuevo fondo de ahorro
El Fondo de Ahorro, administrado por el Banco de la República, financiará las pensiones del nuevo esquema de pilares, operando bajo un esquema de fondos generacionales.
Régimen de transición y plazos
Un régimen de transición protegerá a quienes tengan 900 semanas cotizadas (hombres) o 750 semanas (mujeres) al 1 de julio de 2025, respetando las condiciones previas de la Ley 100 de 1993. Además, habrá un plazo de dos años para que quienes estén cerca de la jubilación y cumplan con ciertos requisitos puedan trasladarse al régimen más conveniente.