¡Fue broma! Gaula de la Policía aclaró los hechos ocurridos en Llanogrande
En las últimas horas, circuló un vídeo en redes sociales e incluso en grupos de seguridad de la plataforma WhatsApp, en el cual según la persona que grababa, desde un vehículo particular, una mujer habría pedido «ayuda» con un cartel que pegó en la ventana trasera de un vehículo que se movilizaba por la vía Gualanday – Llanogrande.
Inmediatamente conocido el caso, al menos 30 unidades de Policía del Oriente Antioqueño, iniciaron con la búsqueda del automotor, el cual pudo ser localizado hace pocos minutos.
Según miembros del Gaula de la Policía Nacional y que operan desde el oriente antioqueño, los uniformados lograron determinar que el contexto del vídeo se trató de una broma, la cual puso en alerta a los diferentes distritos de Policía de la región, algo que le podría salir caro al autor del chiste. » En coordinación con la Policía del municipio de Rionegro el Gaula de Policía Antioquia, verifica dicha situación ocurrida el día de hoy, dónde se logra ubicar el vehículo y su dueño quien manifiesta que fue una broma realizada por parte de un amigo» manifestaron los uniformados encargados de este caso.
Las autoridades invitan a los ciudadanos a abstenecer de realizar este tipo de bromas o denuncias falsas ya que, se podría incurrir en un delito penal, al igual que las llamadas a las centrales de alerta o a los cuerpos de emergencia.
¿Cuáles son las penas por el delito de falsa denuncia?
Denunciar un hecho delictivo de tal índole, le pudiera salir caro a los bromistas, según el Código Penal Colombiano establece condenas de acuerdo a sus modalidades, agravantes y atenuantes.
- Artículo 435. Falsa denuncia:«El que bajo juramento denuncie ante la autoridad una conducta típica que no se ha cometido, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a treinta y seis (36) meses y multa de dos punto sesenta y seis (2.66) a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes.«
El Código Penal también contempla el delito de falsa denuncia contra una persona determinada, que consiste en denunciar a otra persona de haber cometido un delito que en realidad nunca cometió. En este caso, el denunciado ha sido víctima de una falsa acusación que perjudicó su imagen, además de que el denunciante mintió a las autoridades y puso en movimiento todo el sistema judicial por una denuncia que resultó ser mentira. Por estas razones, la pena por el delito de falsa denuncia contra una persona determinada es mayor:
- Artículo 436. Falsa denuncia contra persona determinada:«El que bajo juramento denuncie a una persona como autor o partícipe de una conducta típica que no ha cometido o en cuya comisión no ha tomado parte, incurrirá en prisión de sesenta y cuatro (64) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses y multa de dos punto sesenta y seis (2.66) a treinta (30) salarios mínimos legales mensuales vigentes.«