6 May, 2024
Elecciones 2022

El Oriente Antioqueño se alista para la jornada electoral del domingo. ¿Qué beneficios trae votar ?

El Oriente Antioqueño se alista para la jornada electoral del domingo. ¿Qué beneficios trae votar ?
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El Oriente Antioqueño y el país se alistan para salir a las urnas este domingo 13 de marzo, en el marco de las elecciones legislativas y consultas interpartidistas, los primeros comicios del año.

Como cada 4 años, ejercer su derecho al voto le puede traer algunos beneficios como ciudadano.

Con su certificado de votación usted podrá tener prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior, según informa la Registraduría Nacional.

También puede obtener la rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio en caso de ser soldado o auxiliar bachiller y dos meses si es soldado campesino o regular.

Junto a ello, tendrá beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto.

En caso de ser estudiante en una institución oficial de educación superior, podrá obtener un descuento del 10% en la matrícula, según el artículo 1, de la Ley 815 de 2003.

También una rebaja de 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación. También podrá aplicar a un descuento del mismo porcentaje en el trámite inicial y expedición de duplicados de la libreta militar o la cédula.

Junto a ello, está el compensatorio remunerado que quedó establecido en el artículo 3 de la Ley 403 de 1997. Para hacerlo efectivo, se debe presentar el certificado electoral al respectivo empleador y concretar el día de descanso 30 días después de las elecciones.

Por otro lado, de acuerdo con el Artículo 105 del Código Electoral, quienes fueron elegidos como jurados de votación para esta jornada, tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que puede hacerse efectivo frente al respectivo jefes dentro de los 45 días siguientes a la fecha de los comicios.

Estos periodos de tiempo de descanso son acumulables, es decir, quienes fueron jurados de votación y también ejercieron su derecho al voto, tendrán derecho a un día y medio de compensatorio remunerado, el cual se debe concretar con su empleador de acuerdo a lo establecido en el código electoral