16 January, 2025
Guarne

Guarne: Policía capturó a dos mujeres que vendían boletas de mil pesos.

Guarne: Policía capturó a dos mujeres que vendían boletas de mil pesos.
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Sobre el mediodía de este jueves 26 de agosto, en el municipio de Guarne, la Policía Nacional realizó la captura en flagrancia de dos mujeres de 20 y 31 años de edad, quienes estarían ejerciendo  la actividad de venta de boletas, según las autoridades, sin ningún tipo de permiso, configurando el delito de «Ejercicio Ilícito de Actividad Monopolistica Arbitraria Rentistica  consagrado en el articulo 312 del Código penal Colombiano«.

La captura de estas dos mujeres se dio, luego de un llamado de alerta de la comunidad del sector Chaparral, quienes informaban de dos femeninas, al parecer foráneas a la zona, ofreciendo dichos bonos por un valor de 1.000$, lo cual generó dudas sobre el denunciante, pues al parecer dichas boletas no contaban con un consecutivo.

Estas personas son oriundas de Girardota e Itagüi y fueron dejadas a disposición de la Fiscalia Local por el delito en mención.

¿Cuando se incurre en este delito?

Según Juan Diego Melo Vargas, Abogado de la Universidad de los Andes «El delito de ejercicio ilícito de actividad monopolística de arbitrio rentístico, contenido en el artículo 312 del Código Penal, aunque poco conocido en la práctica penal, reviste de especial importancia para el Estado, el sector salud, los grupos de federaciones legales de juegos de suerte y azar, y para cualquier ciudadano en general. El interés de este breve estudio dogmático y teórico estriba en la importancia de disipar posturas con la que distintos despachos de fiscalías han vacilado en interpretar y desplegar la acción penal respecto del tipo penal objeto de estudio. Respecto de quién incurre en este tipo penal, la sentencia refiere que el delito es claro y una interpretación exegética provee la respuesta, aclarando que la misma Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Penal, mediante providencia del 19 de octubre del 2011, con ponencia de María del Rosario González, señaló que la conducta se puede realizar de dos maneras: la primera, cuando el agente ejerza una actividad establecida como monopolio de arbitrio rentístico sin la respectiva autorización, y la segunda, cuando el agente utiliza elementos o modalidades de juego no oficiales«.